¿Puedo tratar datos fuera de la UE gracias al RGPD?
El RGPD permite la transferencia de datos personales a países no pertenecientes a la UE (los llamados “terceros países”) para garantizar el comercio y la cooperación internacionales.
Puede transferir datos a países que garanticen un nivel de protección adecuado: Andorra, Argentina, Canadá (sólo organizaciones comerciales), Islas Feroe, Guernsey, Israel, Isla de Man, Jersey, Nueva Zelanda, Suiza, Uruguay y Estados Unidos (si el receptor pertenece al Escudo de Privacidad).
Para transferir datos a un tercer país que no garantice un nivel de protección adecuado, hay que asegurarse de que los datos personales serán protegidos por el receptor. Hay dos formas principales de garantizarlo:
- el destinatario cumple las normas explicadas en una cláusula de protección de datos.
- el destinatario está certificado para el tratamiento de datos personales (por ejemplo, pertenece al Escudo de Privacidad).
Este contenido se ofrece únicamente con fines educativos. El RGPD es un hecho específico y la forma en que se aplica a su organización puede diferir de lo que se discute en este artículo. Por favor, no lo trate como un sustituto de una opinión legal profesional. Consulte siempre a su abogado o a otros profesionales responsables de la protección de datos dentro de su organización. GetResponse no se hace responsable de ningún daño indirecto, especial, incidental o consecuente que surja de cualquier uso o confianza en cualquier contenido o material incluido aquí.